Actores económicos no estatales: procedimientos bancarios para compra de divisas

Todas las operaciones se ejecutarán de forma bancarizada. Los pagos en pesos cubanos se realizarán desde la cuenta fiscal del actor económico y los montos adquiridos serán acreditados en su cuenta en divisas.

En correspondencia con lo dispuesto en las Resoluciones No. 127 y 128 de 2025 del Banco Central de Cuba (BCC), informa que se encuentran habilitados los canales bancarios para recibir las solicitudes de compra de divisas por parte de cooperativas no agropecuarias (CNA) y micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) no estatales. Esta medida forma parte de la implementación de las transformaciones del mercado cambiario oficial y se realiza bajo las condiciones y procedimientos establecidos por el BCC.

Previo a la ejecución de cada operación, el banco verificará la identidad del cliente y las cuentas involucradas, cumpliendo con los requisitos de diligencia, control y trazabilidad establecidos en la normativa vigente.

Las operaciones de venta de divisas se efectuarán una vez al mes, por un monto máximo calculado según la fórmula establecida: (Promedio de ingresos en la cuenta fiscal de los últimos tres meses x 50%) / Tasa de cambio del Segmento III vigente. Este procedimiento se encuentra regulado en la Resolución 128 de 2025 del BCC “Reglamento del Mercado Cambiario” y en la Circular No. 3 de 2025 del Vicepresidente del BCC.

Todas las operaciones se ejecutarán de forma bancarizada. Los pagos en pesos cubanos se realizarán desde la cuenta fiscal del actor económico y los montos adquiridos serán acreditados en su cuenta en divisas. Previo a la ejecución de cada operación, el banco verificará la identidad del cliente y las cuentas involucradas, cumpliendo con los requisitos de diligencia, control y trazabilidad establecidos en la normativa vigente.

Anuncian transformación del mercado cambiario de divisas en Cuba

Las solicitudes de los clientes del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) podrán tramitarse a través del sitio web https://miturno.bandec.cu, en el caso de los clientes del Banco Popular de Ahorro (BPA) lo pueden solicitar mediante el correo electrónico solicitud@mail.bpa.cu, indicando nombre de la MIPYME o CNA, número de identidad tributaria (NIT), cuenta en CUP e importe solicitado. El banco revisará el importe según el resultado del cálculo de la fórmula aplicable. Próximamente, estas solicitudes también estarán disponibles en la plataforma https://bancaremota.bpa.cu.

Las tasas de cambio aplicables serán las establecidas por el Banco Central de Cuba para el Segmento III, vigentes en el día de la operación, incorporando los márgenes comerciales autorizados.

Para obtener información adicional o realizar su solicitud, los clientes del Banco de Crédito y Comercio interesados pueden contactar a través de los teléfonos 78671996, 80201996, 78664108 y 78627686, así como por los canales oficiales del Banco Popular de Ahorro en Facebook (Banco Popular de Ahorro, Cuba), Messenger y en X (@CubaBPA).

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