
La Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición extraordinaria del 17 de enero de 2025, publicó la Resolución No. 9 del Ministerio de Finanzas y Precios, mediante la cual se prorroga la exención arancelaria a la importación no comercial de alimentos, medicamentos y productos de aseo.
Esta medida, aplicada a las importaciones realizadas por personas naturales, tiene como propósito facilitar el acceso de la población a artículos de primera necesidad, eliminando el pago de aranceles en un contexto económico complejo.
En su resuelvo quinto, la Resolución No. 9 establece:
“Los beneficios arancelarios otorgados mediante la presente Resolución estarán vigentes mientras persistan las condiciones que han determinado su aprobación.”
Antecedentes de la medida
- La exención arancelaria fue implementada por primera vez en julio de 2021, mediante la Resolución No. 309 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial No. 62 Extraordinaria.
- Posteriormente, fue prorrogada en varias ocasiones, entre ellas la Resolución No. 466 de 2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 102 Extraordinaria, que mantuvo la flexibilización para la entrada al país de alimentos, medicamentos y productos de aseo sin carácter comercial.
- Desde entonces, la medida ha sido renovada periódicamente, reafirmando su importancia en el apoyo a las familias cubanas.
Otras disposiciones publicadas
Junto a la Resolución No. 9, la Gaceta Oficial incluyó además:
- Resolución No. 10 del Ministerio de Finanzas y Precios.
- Resolución No. 4 del Ministerio de Salud Pública.
- Resolución No. 34 de la Aduana General de la República.
Estas normativas complementan el marco regulatorio que respalda la entrada al país de artículos esenciales, garantizando tanto el control sanitario como la aplicación de procedimientos aduaneros adecuados.
Más detalles pueden consultarse en la Gaceta Oficial a través del siguiente enlace: Acceder al documento oficial
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